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Política Criminal


La cuestión de cómo debe tratarse a las personas que atentan contra las reglas básicas de la convivencia social y con ello lesionan o ponen en peligro al individuo o a la comunidad constituye el objeto principal de la Política Criminal. La Política Criminal adopta una singular posición intermedia entre ciencia y configuración social, entre teoría y práctica. Por un lado, se basa como ciencia en el conocimiento objetivo del delito en sus formas de aparición jurídicas y empíricas; por otro lado, pretende, como clase de política, llevar a cabo ideas o intereses concretos.


Una especie de las políticas públicas que tiene como objeto aquellos comportamientos criminalizados (delitos y contravenciones), frente a los cuales puede proponer un amplio catálogo de medidas y de fines que corresponden a consideraciones éticas (sobre la justicia y el reproche) y políticas (sobre la conveniencia, pertinencia y legitimidad). Esta política criminal deberá ser entendida como una política de carácter prescriptivo, cuyo objeto podrá variar de acuerdo a distintas consideraciones sociales.


La política criminal se erige como la teoría de las estrategias para prevenir la criminalidad. Partiendo de los datos fácticos del fenómeno criminal que le da la criminología, los valora de acuerdo con los principios generales constitucionalmente establecidos (derivados de derechos fundamentales), planteando un elenco de respuestas para prevenir dicho fenómeno, entre los cuales está la sanción penal.


La Política criminal es un sector de la Política, de las decisiones sobre la vida en la polis; en concreto, de las decisiones sobre la prevención de aquellas conductas que más gravemente ponen en peligro la subsistencia de la vida social.


Se entiende como aquel conjunto de medidas y criterios de carácter jurídico, social, educativo, económico y de índole similar, establecidos por los poderes públicos para prevenir y reaccionar frente al fenómeno criminal, con el fin de mantener bajo límites tolerables los índices de criminalidad de una determinada sociedad.


FUENTE:

1. Emiliano Borja Jiménez. (2003). Sobre el concepto de política criminal. Una aproximación a su significado desde la obra de Claus Roxin*. Universidad de Valencia.
2.Abadía C. et. al. (2015). ¿Qué es la política criminal?. Dirección de Política Criminal y Penitenciaria. Bogotá, D.C.
3. Laura Zúñiga Rodríguez. (2018). Dogmática funcionalista y política criminal: una propuesta fundada en los derechos humanos. Derecho PUCP. Universidad de Salamanca.
4. Pablo Sánchez-Ostiz. (2012). Fundamentos de política criminal. Macial Pons Madrid. pp. 23.
5. Jhonny García Aquino. (S.A). Política Criminal en un Estado de Derecho. Revista Pensamiento Penal.
Imagen: Freepik.


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